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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1791 DE 2007
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
1
Título
Texto
Presentación virtual de las declaraciones
. Las declaraciones tributarias de los impuestos y de las retenciones en la fuente administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales se presentarán a través de los servicios informáticos electrónicos de la entidad, para lo cual se establecen entre la DIAN y el contribuyente o usuario las siguientes condiciones:
- Identificación inequívoca de origen y destino.
- Cifrado de datos transmitidos.
- Protocolo que impide la negación del envío y/o recepción de la información.
- Mecanismo de firma digital amparado en certificado digital para declarantes y contador público o revisor fiscal .
El contribuyente, responsable o agente retenedor obligado a la presentación electrónica de las declaraciones deberá diligenciar también a través de este medio los recibos oficiales de pago en bancos.
Parágrafo
. El cambio de domicilio de los contribuyentes, responsables, o agentes retenedores, no afecta la obligación de presentar declaraciones a través de los sistemas informáticos.
Concordancias Legales
DECRETO 1791 DE 2007 ART. 9
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.6.1.11.1.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
PRESENTACION ELECTRONICA DE DECLARACIONES TRIBUTARIAS