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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1232 DE 2001
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
50
Título
Texto
Artículo 50º.
Modifícase el artículo 515 del Decreto 2685 de 1999, el cual quedará así:
“
Artículo 515º. Recurso de Reconsideración
Contra el acto administrativo que decida de fondo procede el Recurso de Reconsideración, el cual deberá interponerse dentro de los quince días (15) siguientes a su notificación. El término para resolver el Recurso de Reconsideración será de tres (3) meses contados a partir de la fecha de su interposición.
Parágrafo.
El término para resolver el Recurso de Reconsideración se suspenderá por el término que dure el período probatorio cuando a ello hubiere lugar”.
Concordancias Legales
Documentos que Afecta
MODIFICO DECRETO 2685 DE 1999 ART. 515
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
RECURSO DE RECONSIDERACION