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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
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Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
1.2.1.16.2.
Título
Reserva técnica en la determinación de la renta bruta en las compañías de seguros generales.
Texto
Artículo 1.2.1.16.2.
Reserva técnica en la determinación de la renta bruta en las compañías de seguros generales.
La reserva técnica calculada para efectos de la determinación de la renta bruta de las compañías de seguros generales y de capitalización, no podrá exceder del porcentaje de las primas netas recibidas en el ejercicio, menos el valor de los reaseguros cedidos, autorizado por la Superintendencia Financiera de Colombia.
(Art. 43, Decreto 187 de 1975) (Vigencia del Decreto 187 de 1975. El Decreto 187 de 1975 se aplicará a partir del ejercicio impositivo de 1974 salvo los casos expresamente exceptuados en el mismo o en las normas sustantivas y procedimentales del impuesto sobre la renta y complementario. (Art. 117, Decreto 187 de 1975))
Concordancias Legales
DECRETO 0187 DE 1975 ART. 43
DECRETO 0187 DE 1975 ART. 117
DECRETO 0187 DE 1975
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
RENTA GRAVABLE ALTERNATIVA - DETERMINACION
RESERVA TÉCNICA EN LA DETERMINACIÓN DE LA RENTA BRUTA EN LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS GENERALES.