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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1070 DE 2013 Document Link Icon
Tributario
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Retención en la fuente
Artículo5
Título
ARTÍCULO 5o. PROCEDIMIENTO 2 DE RETENCIÓN EN LA FUENTE. Para efectos de la aplicación del Procedimiento 2 de retención en la fuente sobre los pagos gravables originados en la relación laboral, o legal y reglamentaria, a que se refiere el artículo 386 del Estatuto Tributario, el valor del impuesto en UVT determinado de conformidad con la tabla contenida en el artículo 383 del mismo Estatuto, se divide por el ingreso laboral total gravado convertido a UVT, con lo cual se obtiene la tarifa de retención aplicable al ingreso mensual.

PARÁGRAFO TRANSITORIO. El porcentaje fijo de retención calculado en el mes de diciembre de 2012, se aplicará durante los meses de enero a junio de 2013 a la base de retención determinada de conformidad con lo previsto en el artículo 2o del presente decreto y en el artículo 2o del Decreto número 0099 de 2013.