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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
LEY 1819 DE 2016
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
120.
Título
Pasivos moneda extranjera.
Texto
ARTÍCULO 120.
Modifíquese el artículo
285
del Estatuto Tributario el cual quedará así:
Artículo
285
.
Pasivos moneda extranjera
.
El valor de los pasivos en moneda extranjera, se estiman en moneda nacional al momento de su reconocimiento inicial a la tasa representativa del mercado, menos los abonos o pagos medidos a la misma tasa representativa del mercado del reconocimiento inicial.
Concordancias Legales
Documentos que Afecta
MODIFICO ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 0285.
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
PASIVOS MONEDA EXTRANJERA.