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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2076 DE 1992 Document Link Icon
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Retención en la fuente
Artículo11
Título
ARTICULO 11 RETENCION A LAS AGENCIAS Y AGENTES COLOCADORES DE SEGUROS Y CAPITALIZACION

Lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 1742 de 1992 no será aplicable a las agencias y agentes colocadores de seguros y títulos capitalización, los cuales se seguirán rigiendo por las normas generales de retención en materia de comisiones.