<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1809 DE 1989
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Retención en la fuente
Artículo
2
Título
Texto
Artículo 2o. En los contratos de construcción de obra material de bien inmueble por el sistema de administración delegada, el contratante, persona jurídica o sociedad de hecho, aplicara la retención en la fuente sobre el valor de los pagos o abonos en cuenta efectuados en favor del contratista por concepto de honorarios.
El contratista practicara todas las retenciones establecidas en las normas vigentes, al momento del pago o abono, sobre todos los desembolsos que realice en desarrollo de la obra, y cumplirá con todas las obligaciones inherentes al agente retenedor.
Las facturas de las compras efectuadas por el contratista, así como los demás documentos que sirvan de soporte para solicitar costos y gastos, deberán figurar a nombre del contratista y del contratante.
Concordancias Legales
DECRETO 3715 DE 1986 ART. 1
DECRETO 2812 DE 1991 ART. 1
LEY 174 DE 1994 ART. 9 LIT. C)
DECRETO 408 DE 1995 ART. 6
ESTATUTO TRIBUTARIO ARTS. 368, 368-2,
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 392
DECRETO 0408 DE 1995 ART. 7
DECRETO 260 DE 2001 ART. 2
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 201
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.4.4.9.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
RETENCION EN LA FUENTE POR PAGOS DE HONORARIOS