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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1354 DE 1987
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Retención en la fuente
Artículo
5
Título
Texto
Artículo 5o. En los contratos de consultoría de obras publicas, celebrados con personas jurídicas por la Nación, los Departamentos, las Intendencias, las Comisarías, los Municipios, el Distrito Especial de Bogotá, los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta en las que el Estado posea el noventa por ciento (90%) o mas de su capital social, cuya remuneración se efectúe con base en el método del factor multiplicador señalado en el Artículo 34 del Decreto 1522 de 1983 y por los señalados en los literales a) y d) del Artículo 35 del mismo Decreto, se aplicara retención en la fuente sobre la totalidad de los pagos o abonos en cuenta efectuados al contratista, a la tarifa del dos por ciento (2%).
Concordancias Legales
DECRETO 1522 DE 1983 ARTS. 34, 35 LIT. A), D)
DECRETO 2026 DE 1983 ART. 12
DECRETO 3715 DE 1986 ART. 1
ESTATUTO TRIBUTARIO ART. 392
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 392
DECRETO 0408 DE 1995 ART. 7
DECRETO 1217 DE 1994 ART. 1
DECRETO 260 DE 2001 ART. 2
DECRETO 1115 DE 2006 ART. 1
DECRETO 1141 DE 2010 ART. 1
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.4.10.1.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
TARIFA DE RETENCION POR CONTRATOS DE CONSULTORIA