<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1397 DE 1999
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
9
Título
Texto
ARTICULO 9.- MULTA DEL 500%
Cuando al momento de solicitar el levante se advierta que la exención arancelaria se está reclamando con documentos falsos o por medios fraudulentos, sin perjuicio de las denuncias penales a que haya lugar, de acuerdo con el inciso 5° del artículo 670 del Estatuto Tributario, procederá una multa del quinientos por ciento (500%) del monto del gravamen arancelario, se rechazará el levante y se devolverá la declaración de importación para que se declaren, determinen y paguen los tributos aduaneros a que haya lugar.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 670 INC 5
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
LEVANTE DE LA MERCANCIA
LEVANTE DE LA MERCANCIA - RECHAZO