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LEY 1819 DE 2016 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento Tributario
Artículo40
Título
ARTÍCULO 40. Adiciónese al artículo 60 del Estatuto Tributario el siguiente parágrafo:

PARÁGRAFO. Para los contribuyentes obligados a llevar contabilidad los activos movibles corresponden a los inventarios. Los activos fijos corresponden a todos aquellos activos diferentes a los inventarios y se clasificarán de acuerdo con los nuevos marcos técnicos normativos, tales como propiedad, planta y equipo, propiedades de inversión, activos no corrientes mantenidos para la venta.