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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1189 DE 1988
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la renta y complementarios
Artículo
11
Título
Texto
ARTICULO 11.-
El literal f) del artículo 7 del Decreto 1354 de 1987, quedará así: En el caso de que el enajenante de un apartamento o casa de habitación haya efectuado su construcción con posterioridad a la adquisición del terreno, se tomará como fecha de adquisición la de la finalización de la construcción.
Para tal efecto, bastará con que el enajenante informe al notario la respectiva fecha de terminación de la construcción.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 44
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 377
DECRETO 2595 DE 1979 ART. 31
DECRETO 1354 DE 1987 ART. 7
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 395
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
UTILIDAD EN LA VENTA DE CASA DE HABITACION
DETERMIANCION DE LA PARTE QUE NO CONSTITUYE RENTA NI GANANCIA OCASIONAL EN LA ENAJENACION DE ACCIONES