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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2662 DE 2000
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
33
Título
Texto
ARTlCULO 33o.- Plazo para presentar la información.
El plazo para presentar la información a que se refieren los articules 623, 623-1, 623-2 (sic), 623-3, 624, 625, 625, 629 y 629-1 del Estatuto Tributario, correspondiente al año gravable 2000, será hasta el 31 de Mayo del año 2001, de acuerdo con las condiciones y características técnicas establecidas por la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Para efecto de control tributario, a más tardar el 31 de Mayo de cada año, los Grupos Económicos y/o Empresariales, registrados en el Registro Mercantil de las Cámaras de Comercio, deberán remitir en medios magnéticos, a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales sus estados financieros consolidados, junto con sus respectivos anexos en la forma prevista en los articules 26 a 44 de la Ley 222 de 1995, y demás normas pertinentes.
Concordancias Legales
LEY 222 DE 1995 ART. 26
LEY 222 DE 1995 ART. 44
DECRETO 2588 DE 1999 ART. 34
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 623
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 623-1.
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 623-2
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 624
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 625
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 628
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 629-1.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE EN MEDIOS MAGNETICOS
INFORMACION DE ENTIDADES FINANCIERAS
INFORMACION DE LOS NOTARIOS