<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2271 DE 2009
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Retención en la fuente
Artículo
6
Título
Texto
Articulo 6°.
Retención en la fuente a servicios integrales de laboratorio clínico, radiología o imágenes diagnósticas. De acuerdo con el inciso quinto del artículo 392 del. Estatuto Tributario, será del dos por ciento (2%) la tarifa de retención en la fuente, a título del impuesto a la renta, respecto de los pagos o abonos en cuenta efectuados por servicios integrales de salud prestados por Instituciones Prestadoras de Salud, IPS, constituidas como personas jurídicas, especializadas en. servicios integrales de laboratorio clínico, radiología o imágenes diagnósticas.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 392
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.4.4.12.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
RETENCION EN LA FUENTE POR SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD