RESOLUCION 5633
( 19 JUL 1999 )
Por la cual se autoriza el funcionamiento de las Administraciones Delegadas en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se determina su estructura
EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
En uso de las facultades que le confiere el artículo 16 del Decreto 1071 del 26 de junio de 1999, y
C O N S I D E R A N D O
Que el artículo 16 del Decreto 1071 de 1999, faculta al Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales para autorizar el funcionamiento permanente o transitorio de administraciones delegadas que garanticen la prestación del servicio tributario y aduanero en lugares que por su actividad económica o ubicación geográfica lo ameritan,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º. AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO. Autorizase el funcionamiento permanente de las Administraciones Delegadas de Impuestos y Aduanas Nacionales de Inirida, Puerto Carreño, Puerto Asis: Administración Delegada de Impuestos Nacionales de Mitú, Administraciones Delegadas de Aduanas Nacionales de Leticia, Turbo, Tumaco, Cartago, Maicao e Ipiales.
ARTICULO 2º. ESTRUCTURA DE LAS ADMINISTRACIONES DELEGADAS. Las Administraciones Delegadas tendrán la siguiente estructura:
a) Maicao: Delegada de la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de Riohacha,
- Despacho del Administrador Delegado
- División de Servicio al Comercio Exterior
- División de Fiscalización Aduanera
b) Turbo: Delegada de la Administración de Aduanas Nacionales de Medellín,
- Despacho del Administrador Delegado
- División de Servicio al Comercio Exterior
- División de Fiscalización Aduanera
- División de Recursos Físicos y Financieros
Las funciones de la División de Recursos Físicos y Financieros serán delegadas por la Administración de Aduanas Nacionales de Medellín.
c) Mitu: Delegada de la Administración de Impuestos Nacionales de Villavicencio
- Despacho del Administrador Delegado
- División de Fiscalización Tributaria
d) Puerto Carreño: Delegada de la Administración de Impuestos Nacionales de Villavicencio.
- Despacho del Administrador Delegado
- División de Servicio al Comercio Exterior
- División de Fiscalización Tributaria y Aduanera
- División de Recursos Físicos y Financieros
- División de Recaudación
Las funciones de la División de Comercio Exterior y las Funciones Aduaneras de la División Fiscalización, serán delegadas por la Administración Especial de Aduanas de Santa Fe de Bogotá.
e) Inirida: Delegada de la Administración de Impuestos Nacionales de Villavicencio
- Despacho del Administrador Delegado
- División de Servicio al Comercio Exterior
- División de Fiscalización Tributaria y Aduanera
- División de Recursos Físicos y Financieros
- División de Recaudación
Las funciones de la División de Comercio Exterior y las Funciones Aduaneras de la División de Fiscalización, serán delegadas por la Administración Especial de Aduanas de Santa Fe de Bogotá.
f) Ipiales: Delegada de la Administración de Aduanas Nacionales de Cali.
- Despacho del Administrador Delegado
- División de Servicio al Comercio Exterior
- División de Fiscalización Aduanera
- División de Recursos Físicos y Financieros
Las funciones de la División de Recursos Físicos y Financieros serán delegadas por la Administración de Aduanas Nacionales de Cali.
g) Tumaco: Delegada de la Administración de Aduanas Nacionales de Cali.
- Despacho del Administrador Delegado
- División de Servicio al Comercio Exterior
- División de Fiscalización Aduanera
h) Puerto Asís: Delegada de la Administración de Impuestos Nacionales de Cali.
- Despacho del Administrador Delegado
- División de Servicio al Comercio Exterior
- División de Fiscalización Tributaria y Aduanera
- División de Recursos Físicos y Financieros
- División de Recaudación
Las funciones de la División de Comercio Exterior y las Funciones Aduaneras de la División de Fiscalización, serán delegadas por la Administración de Aduanas Nacionales de Cali.
i) Cartago: Delegada de la Administración de Aduanas Nacionales de Cali.
- Despacho del Administrador Delegado
- División de Servicio al Comercio Exterior
- División de Fiscalización Aduanera
- División de Recursos Físicos y Financieros
Las funciones de la División de Recursos Físicos y Financieros serán delegadas por la Administración de Aduanas Nacionales de Cali.
j) Leticia: Delegada de la Administración Especial de Aduanas de Santa Fe de Bogotá.
- Despacho del Administrador Delegado
- División de Servicio al Comercio Exterior
- División de Fiscalización Aduanera
- División de Recursos Físicos y Financieros
ARTICULO 3º. DELEGACIONES. Los Administradores y Jefes de División de las Administraciones Delegantes, deberán expedir las respectivas Resoluciones de delegación, acordes con la estructura planteada en el artículo anterior, de las cuales se remitirá copia a la Oficina Jurídica y a la Subsecretaría de Planeación.
ARTICULO 4º. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 19 de Julio de 1999
FANNY KERTZMAN
DIRECTORA GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES