ARTICULO 69.- Contenido de los requerimientos especiales aduaneros y de las liquidaciones oficiales de correccion o de revisión de valor..
Los requerimientos especiales aduaneros y las liquidaciones oficiales de corrección o de revisión de valor deberán contener, además de los requisitos que reglamente la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, la cuantificación de los tributos aduaneros, las sanciones o multas aplicables y una explicación sumaria de las modificaciones propuestas o efectuadas respecto de la declaración de importación.
Concordancias Legales DECRETO 1800 DE 1994 ARTS.3, 5 RESOLUCION 1794 DE 1993 ART. 37 Documentos que Afecta Documentos que lo afectan MODIFICADO POR DECRETO 1800 DE 1994 ART.4 Concordancias Jurisprudenciales Descriptores LIQUIDACIONES OFICIALES - CONTENIDO LIQUIDACION OFICIAL DE CORRECCION LIQUIDACION OFICIAL DE REVISION DEL VALOR REQUERIMIENTO ESPECIAL ADUANERO