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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 0050 DE 1991
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
7
Título
Texto
Artículo 7o. Cuando al practicar la revisión aduanera del equipaje se compruebe el incumplimiento de los requisitos y condiciones previstos en el régimen de viajeros, se procederá así:
1. Si el viajero ha elegido la línea NADA A DECLARAR, y se le encuentra mercancía sujeta al pago de derechos e impuestos de importación, mercancía en mayor valor o cantidad, de las admisibles dentro del cupo con franquicia de derechos, o no cumple las condiciones de permanencia mínima en el exterior, la Aduana dispondrá el decomiso de las mercancías, de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del decreto 2666 de 1984.
2. Si el viajero ha elegido la línea MERCANCIAS A DECLARAR y no cumple los requisitos de permanencia mínima en el exterior, o trae mercancía diferente a la autorizada en el régimen de viajeros, o trae mercancías en exceso, por valor o por cantidad, la Aduana retendrá la mercancía y dispondrá el almacenamiento de la misma para su posterior despacho con el cumplimiento de los requisitos respectivos, dentro del plazo máximo de un mes contado desde la llegada de las mercancías al territorio aduanero. Si no se despachan dentro de dicho término se declararán en abandono legal.
3. Si el viajero se encuentra tramitando la entrega de su equipaje no acompañado, y se verifica el incumplimiento de los requisitos o condiciones previstos para la introducción del equipaje no acompañado, la Aduana procederá de conformidad con lo establecido en el numeral anterior.
PARAGRAFO: Cuando proceda la retención de la mercancía por parte de la autoridad aduanera, se dejará constancia de dicha retención en el espacio diseñado para tal fin al dorso de la Declaración de Equipaje, indicando los efectos retenidos y su localización. Para el efecto se anotarán los números, marcas, nombre, cantidad, tamaño y demás datos que permitan la correcta identificación de los bienes.
Concordancias Legales
DECRETO 2057 DE 1987
ARTS.
2
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9
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RESOLUCION 3084 DE 1991
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
EQUIPAJE - REVISION
VIAJEROS
VIAJEROS CON PERMANENCIA MENOR O IGUAL A 7 DIAS - CUPO
DECOMISO DE MERCANCIA
EQUIPAJE NO ACOMPAÑADO