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Area del Derecho
DECRETO 1000 DE 1997
Aduanero
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Aduanas
Artículo
17
Título
Texto
DECRETO NUMERO 1000 DE ABRIL 8 DE 1997
Por el cual se reglamenta parcialmente el procedimiento de
devoluciones y compensaciones y se dictan otras disposiciones
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial
de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la
Constitución Política y de conformidad con los artículos 815 y
850 del Estatuto Tributario,
DECRETA:
ARTICULO 17.- Requisitos generales de la solicitud de devolución o compensación de tributos aduaneros y demás sumas pagadas en exceso.
La solicitud de devolución o compensación deberá presentarse personalmente por el declarante o por su representante legal, exhibiendo su documento de identidad, o por el apoderado quien presentará su tarjeta profesional de abogado, o por interpuesta persona con exhibición del documento de identidad del signatario.
Las Sociedades de intermediación aduanera y los usuarios aduaneros permanentes, deberán efectuar la solicitud a través de sus representantes inscritos ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
A la solicitud diligenciada en los formatos establecidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas, deberán acompañarse los
siguientes documentos:
a) El Certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente, con anterioridad no mayor de cuatro meses, cuando se trate de personas jurídicas.
b) Copia del mandato, cuando se actúe a través de una Sociedad de Intermediación Aduanera.
c) Copia del poder otorgado, cuando se actúe mediante apoderado
d) Garantía a favor de la Nación-Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales o de la Entidad que haga sus veces, otorgada por entidades bancarias o compañías de seguros, cuando el solicitante se acoja a esta opción, cumpliendo con los requisitos previstos en el artículo 7 del presente Decreto.
Concordancias Legales
DECRETO 1909 DE 1992
ARTS.
83
,
88
,
91
LEY 223 DE 1995
ART. 49
ESTATUTO TRIBUTARIO
ART. 850
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
DEROGADO POR DECRETO 2685 DE 1999
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
TRIBUTOS ADUANEROS - DEVOLUCION
COMPENSACIONES - REQUISITOS GENERALES
TRIBUTOS ADUANEROS - COMPENSACION
SUMAS PAGADAS EN EXCESO - REQUISITOS GENERALES
DEVOLUCION - REQUISITOS GENERALES