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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2131 DE 1991 Document Link Icon
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Aduanas
Artículo20
Título
Artículo 20. Permiso de funcionamiento: El Ministerio de Comercio Exterior dentro de los diez días siguientes al cumplimiento de los requisitos de la Resolución de declaratoria y desarrollo, expedira el permiso de funcionamiento al usuario operador.