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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2666 DE 1984 Document Link Icon
Aduanero
Banco de Datos
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Aduanas
Artículo214
Título
Artículo 213º.Trámite de la importación temporal a corto plazo

Derogado por el Decreto 1909 de 1992

Modificado por el Artículo 1º del Decreto 1740 de 1991

La Aduana examinará los datos expresados en la Declaración anterior, aceptará el documento, lo numerará y fechará. Inmediatamente el aforador clasificará y valorará la mercancía, que sólo podrá entregarse una vez liquidada y constituida la garantía que proceda, para responder por el cumplimiento del régimen.