Texto
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
DECRETO 1132 DEL 30 DE JUNIO DE 1995
Por el cual se establece el régimen sancionatorio y el procedimiento aplicable a las Sociedades de Certificación o quienes ejerzan dicha autoridad sin estar autorizados e inscritos y se dictan otras disposiciones.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades legales y especialmente de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a los artículo 3o. de la Ley 6a de 1971 y 2o. de la Ley 7a. de 1991,
DECRETA
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO PRIMERO: Ambito de Aplicación.
El presente Decreto establece las faltas administrativas en que pueden incurrir en desarrollo de sus actividades, las Sociedades de Certificación, o quienes ejerzan dicha actividad sin la respectiva autorización e inscripción, así como las sanciones aplicables y procedimiento a seguir, según el caso.
Concordancias Legales
DECRETO 2531 DE 1994 ART. 5
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
AMBITO DE APLICACION
SOCIEDADES DE CERTIFICACION
REGIMEN SANCIONATORIO