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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2666 DE 1984 Document Link Icon
Aduanero
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Aduanas
Artículo287
Título
Artículo 287º.Garantías globales

Derogado por el Decreto 1909 de 1992

El Director General de Aduanas podrá autorizar que se presten garantías globales para que respalden el cumplimiento de obligaciones análogas de una misma persona.