De los impedimentos y recusaciones debe conocer el superior jerárquico del funcionario que se encuentre impedido o recusado, quien su encuentra fundado y procedente el impedimento o lacausal de recusación, decidirá de plano y designará el funcionario que debe reemplazar el impedido o recusado.
Concordancias Legales DECRETO 2532 DE 1994 ART. 18 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Documentos que Afecta Documentos que lo afectan Concordancias Jurisprudenciales Descriptores REGIMEN SANCIONATORIO - IMPEDIMENTOS REGIMEN SANCIONATORIO - RECUSACIONES