ARTICULO 8. BIENES SOMETIDOS A INSPECCION.
En los términos y condiciones establecidos por el Artículo 2 del Decreto 2531 de 1994, será obligatoria la presentación del Certificado de Inspección expedido de acuerdo con lo dispuesto en la presente Resolución, para efectuar la importación a territorio Colombiano de todos lo productos que el Consejo Superior de Comercio Exterior que califique como bienes sensibles.
Concordancias Legales DECRETO 0861 DE 1995 ART. 1 DECRETO 1574 DE 1995 ART. 1 DECRETO 0567 DE 1996 DECRETO 1666 DE 1996 DECRETO 2531 DE 1994 ART. 2 Documentos que Afecta Documentos que lo afectan Concordancias Jurisprudenciales Descriptores CERTIFICADO DE INSPECCION PREEMBARQUE - BIENES SENSIBLES