<< Volver

Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 0371 DE 1992 Document Link Icon
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo36
Título


Artículo 36o. Inspección Aduanera dentro del proceso de importación

Cuando la mercancía, de conformidad con el artículo 33 de la presente Resolución, sea seleccionada para inspección, el declarante deberá entregar en el depósito autorizado donde se encuentre la mercancía, al inspector aduanero designado para tal efecto, los documentos señalados en el artículo 32 del Decreto 1909 de 1.992 y los demás que soporten la información contenida en la declaración, así como garantizar que se pueda llevar a cabo la inspección de la mercancía, con el fin de establecer la total correspondencia de los datos consignados en la declaración y la mercancía. El inspector aduanero actuará de conformidad con las instrucciones y órdenes administrativas de fiscalización.