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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 3084 DE 1991
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
10
Título
Texto
Artículo 10. Se considerará que la fecha de acreditación del benefici- ario extranjero en el país, cuando no se haya utilizado el derecho para importar las mercancías que permite la cuota de instalación, se contará a partir de la vigencia del Decreto 2148 de 1991.
Para el reconocimiento de este beneficio, el interesado deberá presentar a la Aduana un certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores donde conste no haber utilizado anteriormente este derecho.
Concordancias Legales
DECRETO 2148 DE 1991
ART.
8
RESOLUCION 3084 DE 1991
ART.
20
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
MISIONES EXTRANJERAS DIPLOMATICAS Y CONSULARES - BENEFICIOS
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - COMPETENCIA
MISIONES EXTRANJERAS DIPLOMATICAS Y CONSULARES - CUOTA DE INSTALACION