Texto CAPITULO VII
Artículo 43§. Disposiciones que quedan sin efecto
Queda sin efecto la Resolución 3083 de 1.990 en lo referente a las modalidades de importación; la Resolución 2814 de octubre 8 de 1.991; la resolución 473 de 1.992, a excepción de los apartes: 3.3.3.3 1; 3.3.3.3.2; 3.3.3.4; 3.4.3; 4 numeral 1 y primer inciso del numeral 2; 5.3; los cuales deberán interpretarse en concordancia con el Decreto 1909 de 1.992 y con la Resolución Reglamentaria 371 del mismo año; Instrucciones 015, 017 y 020 de 1.989; Circulares 052, 472 de 1987 y 439 de 1991.
La presente Resolución rige a partir del 4 de enero de1993.
Concordancias Legales
Documentos que Afecta
DEROGO EN LO REFERENTE A LAS MODALIDADES DE IMPORTACION RESOLUCION 3083 DE 1990
DEROGO RESOLUCION 2814 DE 1991
DEROGO EXCEPTO APARTES 3.3.3.3 1-2, 3.4.3.4 NUM. 1, 2 INC. 1
DEROGO RESOLUCION 0473 DE 1992
DEROGO INSTRUCCION 0015 DE 1989
DEROGO INSTRUCCION 0017 DE 1989
DEROGO INSTRUCCION 0020 DE 1989
DEROGO CIRCULAR 0052 DE 1987
DEROGO CIRCULAR 0472 DE 1987
DEROGO CIRCULAR 0439 DE 1991
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores