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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1220 DE 1996
Aduanero
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Aduanas
Artículo
38
Título
Texto
ARTICULO 38.- VIGENCIA Y DEROGATORIAS. el presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga los Decretos 2615 de 1993, 372 y 832 de 1994 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Concordancias Legales
DEROGO DECRETO 2615 DE 1993
DEROGO DECRETO 0372 DE 1994
DEROGO DECRETO 0832 DE 1994
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
VIGENCIA