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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2666 DE 1984
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
195
Título
Texto
CAPITULO XIX
REGIMEN DE VIAJEROS Y
MENAJES DOMESTICOS
Artículo 195º.Viajeros
Para los efectos del presente Decreto se entiende por viajeros los colombianos y extranjeros domiciliados en el país que salen temporalmente al exterior y regresan posteriormente al territorio nacional. Así mismo serán viajeros los colombianos y extranjeros que estando domiciliados en el exterior llegan al país para una permanencia temporal.
El inciso siguiente de este Artículo fue derogado por el Artículo 8º. del Decreto 3058 de 1990
Concordancias Legales
DECRETO 2057 DE 1987
ART.
1
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
DEROGADO POR DECRETO 3058 DE 1990 ART. 8 EN SU INC. 2
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
VIAJEROS