Texto DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
RESOLUCION 2572 DE MATO 7 DE 1996
Por la cual se señalan los procedimientos de las normas que regulan la actividad de Intermediación Aduanera
EL DIRECTOR DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
En uso de las facultades que le confieren los literales c) y f) del artículo 13 del Decreto 2117 de 1992, artículo 3o. del Decreto 2666 de 1984 y en desarrollo de lo previsto en los Decretos 2532 de 1994 y 2150 de 1995,
C O N S I D E R A N D O :
Que el Gobierno Nacional mediante Decreto 2532 de 1994, reguló la actividad de Intermediación Aduanera, con el objeto de facilitar a los particulares el cumplimiento de las normas aduaneras de manera más ágil y eficaz.
Que por el Decreto 2150 de 1995, el Gobierno Nacional suprime y reforma regulaciones, procedimientos ó trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.
Que para dar cumplimiento a lo ordenado en los citados Decretos, es necesario modificar los procedimientos para la aplicación de las normas que regulan la Intermediación Aduanera.
R E S U E L V E :
ARTICULO 1o. Principio General. Solo podrán ejercer la actividad de Intermediación Aduanera o anunciarse como tal, las Sociedades constituidas para ello, que hayan obtenido el correspondiente Certificado de Autorización y el respectivo registro ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Cuando el Certificado de Autorización, no se encuentre vigente o no haya sido renovado, la Sociedad de Intermediación Aduanera no podrá actuar ante las autoridades aduaneras en los procedimientos y operaciones relativas a la importación, exportación, tránsito aduanero de mercancías, y en cualquier actividad inherente a la misma .
Concordancias Legales
DECRETO 2532 DE 1994 ARTS.1, 2, 7
RESOLUCION 2572 DE 1996 ART. 20
RESOLUCION 1408 DE 1995
RESOLUCION 0662 DE 1995 ART. 1
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
SOCIEDADES DE INTERMEDIACION ADUANERA - REQUISITOS