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RESOLUCION 0371 DE 1992 Document Link Icon
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Aduanas
Artículo23
Título

MODIFICADO POR EL ARTICULO 2o. DE LA RESOLUCION 3036 DE 1993.

ARTICULO 2o. Modifíquese el artículo 23 de la Resolución número 371 de 1992, el cual quedará así:

"Artículo 23o. Características de la Declaración de Importación.
El formulario Declaración de Importación se utilizará para diligencias modalidades de importación previstas en los literales a) a h) del Artículo 19 del Decreto 1909 de 1992, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

- Pueden declararse dos (2) subpartidas arancelarias diferentes.
- Cada subpartida arancelaria puede corresponder a una modalidad de importación diferente, siempre y cuando
coincidan los dos primeros caracteres de los códigos de la modalidad según la Tabla 1 de la presente Resolución.
- La mercancía de cada subpartida puede estar amparada por un registro o licencia de importación diferente. igualmente se aceptará la utilización parcial de licencias o registros de importación.
- La mercancía declarada en las dos subpartidas deberá estar comprendida en un solo documento de transporte.
- Se podrán presentar declaraciones que amparen parte de la mercancía comprendida en un documento de transporte, siempre que se trate de bultos completos.
- En las casillas referidas a valores, se deberán eliminar los decimales, salvo en lo correspondiente a la tasa de cambio, en la cual se incluirán.

PARAGRAFO 1. En las Declaraciones de Corrección o Legalización y en las declaraciones para mercancías trasformadas en zona franca industrial, o en las declaraciones de transformación o ensamble, no se aplicará lo señalado en este artículo respecto del documento de transporte por cuanto se puede carecer de dicha información o provenir de varios documentos de transporte.

PARAGRAFO 2. Cuando las mercancías comprendidas en un documento de transporte se clasifiquen en más de dos (2) subpartidas y estén embaladas en uno o varios bultos, se anotará el número del bultos y de subpartidas arancelarias por las cuales se clasifiquen, siempre y cuando se presenten simultáneamente las declaraciones que comprendan la totalidad de los bultos.