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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1105 DE 1992 Document Link Icon
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo2
Título
ARTICULO 2°. Requisitos para conexión directa al Sistema Informático de la Aduana.

El Directos General de Aduanas establecerá mediante reglamentos los requisitos para la conexión directa de usuarios al Sistema de Informático teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes criterios:

1. Disponibilidad del equipo para el procedimiento de la información (hardware) y sistemas de comunicaciones.

2. Valor anual de importaciones.

3. Cantidad de declaraciones tramitadas anualmente.

4. Infraestructura técnica y administrativa de la empresa.

5. Antecedentes en sus operaciones aduaneras, cambiarias y de comercio exterior.


PARAGRAFO TRANSITORIO: El reglamento será expedido una vez evaluado positivamente el Esquema de Desaduanamiento Global para la industria y el Comercio en las empresas que forman parte del mismo.