Texto
ARTICULO 25° Plazo para presentar la declaración.
La declaración de importación deberá presentarse dentro del término previsto en el artículo 18 del presente Decreto.
También podrá presentarse la declaración en forma anticipada a la llegada de la mercancía, con una antelación no superior a quince (15 ) días.
Concordancias Legales
RESOLUCION 0408 DE 1992 ART. 1
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DECLARACION DE IMPORTACION - PLAZO