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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2233 DE 1996
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
35
Título
Texto
Artículo 35o.- Autorización de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Los Usuarios Operadores de las Zonas Francas podrán ser autorizados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para realizar actuaciones como recibo de las declaraciones de importación presentadas en las entidades financieras autorizadas, transcripción de las mismas, pesaje y numeración de bultos, verificación de las causales de rechazo de levante, así como la entrega de las mercancías, para los bienes que tengan por procedencia la Zona Franca y con destino el resto del territorio nacional.
Concordancias Legales
ORDEN ADMINISTRATIVA 001 DE 1992
DECRETO 1285 DE 1995
ART.
17
RESOLUCION 4685 DE 1995
ART.
6
DECRETO 1909 DE 1992
RESOLUCION 0371 DE 1992
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
USUARIO OPERADOR - ACTIVIDADES
ZONAS FRANCAS - ACTIVIDADES
DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - FUNCIONES