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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2422 DE 1996 Document Link Icon
Tributario
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Impuesto sobre la renta y complementarios
Artículo7
Título
ARTICULO 7.- Adiciónase el artículo 8o. del Decreto 529 de 1996, con el siguiente parágrafo.

Parágrafo 2.- Contra la decisión de la Administración procede el recurso de reposición, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación, ante el despacho de Administrador de Impuestos y Aduanas Nacionales respectivo, quien lo decidirá dentro del mes siguiente a su interposición en debida forma.

Si la decisión del recurso se hace con posterioridad a la fecha del vencimiento de los plazos para presentar la correspondiente declaración de impuestos sobre la renta y complementarios, el plazo se extenderá hasta el vencimiento del término que tiene la Administración para decidir.