El usuario que recibió la mercancía en los términos señalados en el artículo 35 de esta Resolución, deberá presentar declaración de importación bajo la modalidad que corresponda. La declaración de importación así presentada, se regirá por lo establecido en las normas pertinentes de la modalidad declarada, en especial las consagradas en la Resolución 371 de 1.992 y en esta Resolución, respecto al diligenciamiento y codificación del formulario, declarante, forma de presentación, incorporación o registro de la declaración, inspección y verificación de causales de rechazo.
Lor sin perjuicio de lo dispuesto en los siguientes artículos.
Concordancias Legales DECRETO 1909 DE 1992 ART. 56 RESOLUCION 0371 DE 1992 ARTS 24-40 RESOLUCION 0408 DE 1992 ART. 35 Documentos que Afecta Documentos que lo afectan Concordancias Jurisprudenciales Descriptores ENTREGAS URGENTES DECLARACION DE IMPORTACION DE ENTREGAS URGENTES - CONTENIDO DECLARACION DE IMPORTACION DE ENTREGAS URGENTES - CARACTERISTICAS DECLARACION DE IMPORTACION DE ENTREGAS URGENTES - CODIFICACION DECLARACION DE IMPORTACION DE ENTREGAS URGENTES - VERIFICACIONES DECLARACION DE IMPORTACION DE ENTREGAS URGENTES - PRESENTACION