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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2666 DE 1984
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
202
Título
Texto
Artículo 202º.Normas sobre tripulantes
El Gobierno Nacional señalará los artículos, cantidades y valores que puedan traer los tripulantes de los medios de transporte que lleguen al país y su periodicidad. Estos bienes causarán los respectivos derechos de importación y estarán sujetos a las instrucciones que imparta el Director General de Aduanas.
Concordancias Legales
DECRETO 2057 DE 1987
ARTS.
1
,
11
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
VIAJEROS Y MENAJE DOMESTICO
TRIPULANTES