<< Volver

Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2057 DE 1987 Document Link Icon
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo14
Título
Artículo 14º. El plazo para la llegada al país de menajes será de treinta días (30) calendario antes o ciento veinte días (120) calendario después de la fecha de arribo del propietario del menaje.