Texto
Artículo 15§. Trámite para la declaración.
De conformidad con el artículo 2§ de esta Resolución, la incorporación al sistema o a la anotación en el libro de Registro de Declaraciones, la selección, y realización de la inspección aduanera, se regirán por lo señalado en los artículos 42 a 46 de la Resolución 371 de 1.992, según el caso.
Parágrafo. En la verificación de las causales de rechazo de que tratan los artículos 34, 37 y 45 de la Resolución 371 de 1.992, deberá tenerse en cuenta que la causal c) del artículo 30 del Decreto 1909 del mismo año, no se presenta, toda vez que en la modalidad de importación temporal no se cancelan tributos aduaneros, sino a partir del vencimiento del primer semestre.
Concordancias Legales
DECRETO 1909 DE 1992 ART. 28 INC. 2, 30 LIT. A), B), D), E), F), G), 31 ,32 ,33
DECRETO 1672 DE 1995 ART. 3
ORDEN ADMINISTRATIVA 001 DE 1992 ITEM 9-14
RESOLUCION 0408 DE 1992 ART. 2
RESOLUCION 0371 DE 1992 ART.36 ,37 ,38, 39 ,40 , 42 ,43 ,44 ,45, 46
RESOLUCION 1318 DE 1994 ART. 10
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DECLARACION DE IMPORTACION TEMPORAL DE LARGO PLAZO - TRAMITE
DECLARACION DE IMPORTACION TEMPORAL DE CORTO PLAZO - TRAMITE