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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 3084 DE 1991 Document Link Icon
Aduanero
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Aduanas
Artículo3
Título
Artículo 3o. Con el visado del Ministerio de Relaciones Exteriores, el beneficiario o su representante o bien, el intermediario aduanero, presentará la Declaración de Admisión con Franquicia ante la División Operativa de la Aduana bajo cuya jurisdicción se encuentra la mercancía, para su comprobación, aceptación y reconocimiento externo de los bultos declarados.