Cuando una infracción a las normas aduaneras se realice mediante la utilización de documentos falsos, empleando maniobras fraudulentas o engañosas u otros hechos que tipifiquen delito por sí solos o se realice en concurso con otros hechos punibles, se aplicarán las sanciones administrativas que procedan, sin perjuicio de las investigaciones penales que corresponda adelantar. Concordancias Legales DECRETO 1750 DE 1991 ART.6 DECRETO 2117 DE 1992 ART. 52 LITERAL O), ART. 54 LITERAL F) Documentos que Afecta Documentos que lo afectan Concordancias Jurisprudenciales Descriptores INFRACCIONES ADUANERAS