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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2131 DE 1991 Document Link Icon
Aduanero
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Aduanas
Artículo8
Título
Artículo 8º. Usuario Operador: Es la persona jurídica que se constituye con el objeto de realizar actividades exclusivamente dentro del perímetro de la Zona Franca y desarrollar las actividades de promoción, dirección y administración de la Zona.

El usuario operador deberá obtener autorización de funcionamiento del Ministerio de Comercio Exterior.