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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 0371 DE 1992
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
21
Título
Texto
Artículo 21o. Informe sobre abandonos
El responsable del depósito deberá informar, a la División de Comercialización de la Administración de Aduanas correspondiente, las mercancías cuyo término de permanencia se ha vencido de conformidad con las normas del Decreto 1909 de 1.992. Para tal efecto entregará un listado diario indicando: nombre del consignatario, número del manifiesto, número del documento de transporte, número de bultos y peso bruto de la mercancía.
Concordancias Legales
DECRETO 1909 DE 1992
ARTS.
18
,
81
,
106
,
107
DECRETO 2614 DE 1993 ART. 1
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DEPOSITOS DE MERCANCIAS - RESPONSABILIDADES