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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2131 DE 1991 Document Link Icon
Aduanero
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Aduanas
Artículo56
Título
Artículo 56. Retiro de los usuarios de Zona Franca: El usuario operador deberá comunicar a la Administración de Impuestos Nacionales, la perdida de la calidad de usuario de Zona Franca, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha en que esta se produjo.