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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1105 DE 1992 Document Link Icon
Aduanero
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Aduanas
Artículo5
Título

ARTICULO 5°. Procedimiento para la aplicación de las sanciones relativas al Manifiesto de Carga.

El procedimiento para declarar el decomiso y aplicar las multas señaladas en el artículo anterior será el siguiente:

Una vez aprehendida la mercancía se formulará de cargos a quien tenga derecho sobre la mercancía y a la empresa transportadora, cuando sea el caso, quienes podrán presentar descargos dentro del mes siguiente a su notificación. En todo caso no será aceptable la presentación posterior de Manifiesto de Carga o de los anexos que no fueron puestos a disposición de la autoridad aduanera al momento del descargue de las mercancías.

Vencido el término anterior el Jefe Regional de Aduana proferirá la resolución correspondiente, contra la cual solo procederá el recurso de reconsideración.