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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1800 DE 1994 Document Link Icon
Aduanero
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Aduanas
Artículo10
Título
ARTICULO DECIMO: Término para la inspección aduanera.

El inciso 2o. del artículo 34 del Decreto 1909 de 1992, modificado por el artículo segundo del Decreto 513 de 1994,
quedará así:

El término previsto en el artículo 18 del presente Decreto se suspenderá desde la determinación de inspección aduanera y hasta que ésta finalice o se cumpla lo establecido en la cuarta situación prevista en el inciso 2o. y en el parágrafo del artículo 28 Ibídem.