<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1800 DE 1994
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
10
Título
Texto
ARTICULO DECIMO: Término para la inspección aduanera.
El inciso 2o. del artículo 34 del Decreto 1909 de 1992, modificado por el artículo segundo del Decreto 513 de 1994,
quedará así:
El término previsto en el artículo 18 del presente Decreto se suspenderá desde la determinación de inspección aduanera y hasta que ésta finalice o se cumpla lo establecido en la cuarta situación prevista en el inciso 2o. y en el parágrafo del artículo 28 Ibídem.
Concordancias Legales
DECRETO 1909 DE 1992
ARTS.
18
,
29
, INC. 2
Documentos que Afecta
MODIFICO
DECRETO 1909 DE 1992
ART.
34
, INC.2
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
INSPECCION ADUANERA - TERMINO