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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
LEY 0047 DE 1993
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
18
Título
Texto
Artículo 18º.- Operaciones aduaneras y de control en el departamento Archipiélago. La Dirección de Aduanas Nacionales podrá realizar convenios con el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, los cuales tendrán por objeto la realización, por parte del departamento, de determinadas operaciones aduaneras y de control, dentro del territorio de su jurisdicción, en los términos de las delegaciones que la mencionada Dirección le otorgue y conforme a las precisiones que al respecto acuerden.
Concordancias Legales
DECRETO 1707 DE 1992
ART.
6
RESOLUCION 2681 DE 1992
RESOLUCION 0050 DE 1991
DECRETO 3059 DE 1990
ART.
12
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 424
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DIRECCION DE ADUANAS NACIONALES - COMPETENCIA