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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2666 DE 1984
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
38
Título
Texto
Artículo 38º.Control aduanero cuando no hay cargue ni descargue
Derogado por el Decreto 1909 de 1992
Cuando un medio de transporte de uso comercial se detenga brevemente en cualquier aduana sin embarcar ni desembarcar pasajeros o mercancías, únicamente estará sometido a las medidas de vigilancia.
Concordancias Legales
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
DEROGADO POR
DECRETO 1909 DE 1992
ART.
111
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores