<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2131 DE 1991
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
12
Título
Texto
Artículo 12. Usuario Industrial de Bienes; Es la persona jurídica o la sucursal de una sociedad extranjera, constituída para realizar actividades exclusivamente dentro del perímetro de la respectiva Zona Franca, con el objeto de fabricar, ensamblar y transformar productos industriales para su venta en los mercados externos.
Para su funcionamiento deberá suscribir con el usuario operador un contrato en el que se determinen especialmente los terminos y las condiciones de su relación.
Concordancias Legales
DECRETO 2233 DE 1996
ART.
15
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
USUARIO INDUSTRIAL DE BIENES - REQUISITOS