<< Volver

Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 3084 DE 1991 Document Link Icon
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo16
Título
Artículo 16. Compras en Zonas Francas o Empresas Ensambladoras. Las fechas de las facturas emitidas por ventas de vehículos que se adquieran en las Zonas Francas o en las empresas ensambladoras de acuerdo con el artículo 17 de esta resolución, se tomarán como fecha de llegada del vehículo al país.

Los derechos de importación que correspondan a los insumos extranjeros utilizados en el ensamblaje del vehículo serán rebajados en un veinticinco por ciento (25%) por cada semestre de servicio en el exterior, conforme a la certificación que obtenga del Ministerio de Relaciones Exteriores.