En desarrollo de su política de almacenamiento, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales tendrá en cuenta, entre otros, los siguientes criterios generales para la habilitación de depósitos: la infraestructura técnica y administrativa de la entidad y de la persona jurídica, sus antecedentes en operaciones aduaneras, cambiarias, de comercio exterior y de almacenamiento, así como su patrimonio y respaldo financiero.
Concordancias Legales DECRETO 1909 DE 1992 ART.105 DECRETO 0537 DE 1995 ART. 15 RESOLUCION 4685 DE 1995 RESOLUCION 0190 DE 1992 ART.2 Documentos que Afecta Documentos que lo afectan Concordancias Jurisprudenciales Descriptores DEPOSITOS DE MERCANCIAS - CRITERIOS PARA LA HABILITACION